Sodomitas ante la Santa Hermandad Vieja

Fragmento publicado en J.M. Mendoza Garrido, Violencia, delincuencia y persecución en el Campo de Calatrava a fines de la Edad Media. Instituto de Estudios Manchegos, Ciudad Real, 1995. Pp. 245-247.

En las cuentas de la Hermandad sólo han quedado registrados seis casos de sodomía investigados por la institución. El nivel de información sobre cada uno de estos delitos es escaso, por lo que no es posible extremar las conclusiones y nos limitaremos a hacer un breve comentario de algunos detalles de estos casos.

Un primer aspecto interesante es el del vocabulario empleado a la hora de definir el delito cometido por los homosexuales, siendo éste uno de los temas en los que se manifiesta de forma más clara la confusión entre delito y pecado en la época que se viene estudiando. El término «sodomita» predomina a la hora de definir a los acusados, como era habitual en toda Europa por ese tiempo. Sin embargo, a la hora de definir el hecho delictivo en sí parecen preferirse otras expresiones a la de «sodomía», como sería de esperar. Aparecen, por ejemplo, las fórmulas «pecado que no es de matar»[1] o «delito nefando»[2], sin que se pueda precisar si la variación puede definir diferentes conductas dentro del delito común de homosexualidad.

Un hecho que llama la atención es el relativo éxito de la Hermandad en cuanto a la captura de los sodomitas se refiere, pues de los seis sospechosos sólo uno consiguió escapar[3]. Posiblemente no se trataba de criminales conscientes y dispuestos a huir a la primera de cambio. Serían más bien individuos que vivían pretendiendo ocultar su inclinación ante los ojos de sus vecinos y a los que las denuncias cogían desprevenidos, pues sólo en un caso se menciona la persecución del sospechoso, pudiendo deducirse que el resto de los sodomitas detenidos lo fueron en su propio lugar de residencia.

Una vez detenidos, los procesos contra los homosexuales solían ser lentos y se recurría a largos interrogatorios y búsqueda de testigos. A no dudarlo, no se trataba tanto de demostrar la culpabilidad del acusado, para lo que bastaría el simple recurso a la tortura. La intencionalidad de estos largos procesos sería, probablemente, intentar detener a todos los que hubieran tenido tratos sexuales con los detenidos, culpables, por lo tanto, de idéntico delito. Sin embargo, no parece que estos procesos surtieran efecto, pues en ningún caso se puede detectar la detención de más de un implicado en cada trama de sodomía, sus compañeros o bien escaparon o bien fueron detenidos por otras instancias policiales.

En cuanto a la extracción social de los sodomitas encausados por la Hermandad muy poco es lo que se puede decir, ya que apenas nada se menciona de los acusados aparte del nombre. Sólo en un caso se recoge la profesión del acusado, tratándose de un tejedor[4]. En otra ocasión se menciona una información hecha en un delito de sodomía que llevó al alcalde de la Hermandad a Porzuna, el Molinillo, Ventas de Peña Aguilera, Gálvez, Puebla de Montalban, Cotanes, Ajofrín, Sonseca, Orgaz, Yébenes y ventas del camino de Toledo, en busca de personas que conocían al acusado y de criados que había tenido[5]. Este caso parece demostrar el interés de la Hermandad por investigar toda la trama de relaciones del detenido, en busca, posiblemente, de sus compañeros sexuales. Al mismo tiempo, se manifiesta la amplitud geográfica de la sociabilidad del acusado, así como el hecho de que se trataría de un individuo de una cierta posición social, pues había tenido varios criados.

[1]. Cuentas, 1494-95, 46 (8-agosto-1495).
[2]. Cuentas, 1520-21, 22 (16-mayo-1521).
[3]. Cuentas, 1502-3, 21 (16-agosto-1503).
[4]. Cuentas, 1502-3, 21 (16-agosto-1503).
[5]. Cuentas, 1520-21, 22 (16-mayo-1521).

Acerca de juanmimen

Profesor de Geografía e Historia de Enseñanza Secundaria. IES Emilio Muñoz de Cogollos Vega (Granada). Granadino.

Publicado el enero 11, 2007 en Delitos Sexuales. Añade a favoritos el enlace permanente. Deja un comentario.

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